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Propiedad horizontal (PH)

Régimen legal que permite dividir un edificio en unidades funcionales independientes pero con partes comunes indivisibles.

Categoría: Propiedad horizontal

La propiedad horizontal es un régimen jurídico establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación (Título V, artículos 2037 a 2072) que permite subdividir un inmueble en unidades funcionales independientes, cada una con su propio título de dominio, manteniendo en común las áreas de uso compartido (pasillos, ascensores, terraza, patios, medianeras, techos, fachadas, instalaciones de servicios).

Antes de 2015 este régimen estaba regulado por la Ley 13.512, que fue derogada e incorporada al nuevo código. El régimen aplica a departamentos, oficinas, locales, cocheras y cualquier otra unidad funcional que resulte de la subdivisión de un edificio o conjunto inmobiliario.

Cada unidad funcional tiene asignado un porcentual que determina su participación en los gastos comunes, el poder de voto en asamblea y la cuota-parte en las áreas comunes. Este porcentual figura en el reglamento de copropiedad y solo puede modificarse con la conformidad de todos los propietarios o por resolución judicial.

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