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Consejo de administración

Grupo de copropietarios que controla la gestión del administrador y colabora en decisiones operativas.

Categoría: Gobierno del consorcio

El consejo de administración (también llamado consejo de propietarios) es un órgano no obligatorio pero recomendado, integrado por copropietarios designados por la asamblea. Su creación y atribuciones suelen estar establecidas en el reglamento de copropiedad o, en su defecto, pueden decidirse en asamblea.

Actúa como nexo entre el administrador y el conjunto de copropietarios. Sus funciones típicas incluyen: revisar y visar las rendiciones de cuentas antes de que se presenten en asamblea, aprobar o presupuestos importantes, autorizar al administrador a ejecutar gastos imprevistos dentro de un tope, acompañar en la selección de proveedores y colaborar en la convocatoria de asambleas.

El consejo no reemplaza a la asamblea: no puede tomar decisiones que por ley o reglamento sean exclusivas del órgano deliberativo (modificación de reglamento, aprobación de balance, designación del administrador, obras extraordinarias por encima de cierto monto).

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Aviso: este contenido tiene fines exclusivamente informativos y refleja la normativa y los valores vigentes a la fecha de su última actualización. Las leyes, reglamentaciones, escalas salariales e importes pueden cambiar con posterioridad. No constituye asesoramiento legal, contable ni profesional. Antes de tomar decisiones, verificá la normativa vigente o consultá a un profesional matriculado.