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Administrador de consorcio

Profesional o persona designada por la asamblea para representar al consorcio y ejecutar sus decisiones.

Categoría: Gobierno del consorcio

El administrador de consorcio es el representante legal del consorcio de propietarios. Su designación, duración en el cargo, honorarios y eventual remoción son decisiones de la asamblea de propietarios, tomadas por las mayorías que fija el reglamento de copropiedad o, en su defecto, el Código Civil y Comercial (artículos 2065 a 2067).

Entre sus funciones principales están: convocar asambleas y ejecutar sus decisiones, confeccionar y cobrar las expensas, pagar a proveedores, rendir cuentas de forma periódica, gestionar el personal del consorcio (cargas sociales, ART, SUTERH), contratar y mantener los seguros obligatorios, representar al consorcio ante entidades públicas y privadas, y custodiar la documentación.

En CABA, los administradores deben inscribirse en el Registro Público de Administradores (RPA) según la Ley 941 y renovar su matrícula anualmente. Pueden ser personas humanas o jurídicas y no es necesario que sean propietarios del edificio que administran.

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