Categoría: Normativa y legal
El Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) entró en vigencia el 1° de agosto de 2015 y reemplazó al Código Civil de Vélez Sarsfield y al Código de Comercio. En materia de propiedad horizontal derogó la Ley 13.512 e incorporó la regulación en el Título V del Libro Cuarto (artículos 2037 a 2072).
Sus artículos más relevantes para consorcios incluyen: definición del régimen y las unidades funcionales (arts. 2037 a 2045), gobierno del consorcio y asambleas (arts. 2058 a 2063), figura del administrador (arts. 2065 a 2067), obligación de pago de expensas y su ejecución (art. 2048) y contenido mínimo del reglamento (art. 2056).
El código también introdujo la figura de los conjuntos inmobiliarios (barrios cerrados, clubes de campo, parques industriales) en los artículos 2073 a 2086, que tienen un régimen propio pero comparten muchos principios con la propiedad horizontal clásica.
También podés leer la guía de expensas o conocer nuestros servicios de administración.