Categoría: Normativa y legal
La Ley 941 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (RPA). Está vigente desde 2002 y ha sido modificada por las leyes 3.254, 3.291, 3.441 y 5.464.
Obliga a todos los administradores que ejerzan en CABA —personas humanas o jurídicas, cobren honorarios o sean propietarios administradores gratuitos— a inscribirse en el RPA. También establece la presentación anual de declaraciones juradas con los consorcios administrados, la obligación de cumplir capacitaciones periódicas y un régimen de sanciones por incumplimientos.
Además, la ley fija obligaciones concretas del administrador hacia los propietarios: rendir cuentas documentadas, dar acceso a la información, exhibir documentación respaldatoria y convocar asambleas en tiempo y forma. Las sanciones por incumplimiento pueden ir desde apercibimiento hasta la exclusión del registro e imposibilidad de seguir ejerciendo en CABA.
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